![]() | DECLARACION PUBLICA MUCECH gana histórico fallo sobre derechos de agua de los pueblos originarios de Chile. El 5 de mayo de 2014, la Excelentísima Corte Suprema en un fallo contundente que marcará un hito fundamental en la historia de los derechos de aprovechamiento de agua pertenecientes a las personas y comunidades indígenas del pueblo originario mapuche, resolvió – que no se les debe aplicar la normativa del Código de Aguas que fija el pago de una patente anual a beneficio Fiscal por la no utilización de esas aguas. Establece la sentencia que, según la Ley Indígena, los derechos de aprovechamiento de aguas adjudicadas con recursos del Fondo de Tierras y Aguas de la Ley Indígena, como se trata en estos casos, gozan de protección especial que les impide ser enajenados, embargados, gravados ni adquiridos por prescripción, salvo entre comunidades o personas indígenas de una misma etnia. El Directorio Nacional del Movimiento Unitario Campesino y Etnias de Chile “MUCECH”, tomó la defensa de las aguas bajo el lema “Sin agua no hay Agricultura Familiar Campesina e Indígena”, patrocinó las acciones legales ante la Dirección General de Aguas y los tribunales competentes, bajo la defensoría del Abogado Señor Hector Villarroel, especialista en aguas, quien trabajó en la defensa de estos casos desde el año 2012 llegando a acudir como última instancia a la Excelentísima Corte Suprema. ESTE FALLO INCIDE Y APROVECHA A TODOS LOS RECURRENTES. PERO LA RELEVANCIA ESTA EN QUE EL MISMO FALLO HACE APLICABLE SU CONTENIDO A TODO JUICIO EN LA QUE TESORERIA ESTE JUDICIALMENTE COBRANDO PATENTES A DERECHOS DE AGUA MAPUCHES (OBTENIDOS CON FONDOS DE TIERRAS Y AGUAS DE LA LEY N° 19.253 O LEY INDIGENA) ES DECIR, APLICABLE A TODOS LOS PUEBLOS ORIGINARIOS DE CHILE.
Santiago, 08 de Mayo de 2014.
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